La Constitución y la Economía Social
Resumen
España se define como Estado Social y Democrático de Derecho en el artículo primero de nuestra Constitución. Esta concepción unitaria, que engarza en una única expresión a tres categorías, no siempre ha existido, dándose generalmente por separado.
En la medida en que el Estado tiene que atender y dar respuesta a las demandas de todos los sectores de la sociedad, y no exclusivamente de una parte de la misma, un Estado democrático acabará convirtiéndose, necesariamente, en un Estado Social.
Descargas
Descargas
Publicado
Cómo citar
-
Resumen126
-
PDF51
Número
Sección
Licencia
El Copyright será de CIRIEC-España, revista de economía pública, social y cooperativa, a los solos efectos de favorecer la difusión de los artículos publicados (firmar contratos de difusión, de integración en bases de datos, etc.). Los autores también mantienen el copyright sobre su obra y pueden depositar su artículo en el formato electrónico oficial de la revista en su página web personal y en los repositorios institutionales de su grupo de investigación. No obstante, se autoriza la reproducción y distribución de todos los artículos publicados, siempre que no se modifique el contenido y se indique su origen (CIRIEC-España, revista de economía pública, social y cooperativa, número y dirección electrónica del documento o DOI). El envío de un artículo a CIRIEC-España, revista de economía pública, social y cooperativa supone la aceptación de estas condiciones.