"El simio egoísta". Reflexiones para glosar el concepto de especie en relación con la solidaridad intergeneracional
DOI:
https://doi.org/10.7203/cc.4.28022Resumen
Es un hecho que el tema de la responsabilidad hacia las generaciones futuras es menos debatido en el campo de las ciencias jurídicas que en otras disciplinas. La urgencia percibida es la misma, pero en la ley hay un obstáculo aparentemente insalvable: la alteridad entre las generaciones presentes y futuras impediría atribuir a las primeras deberes que reflejen los derechos de las segundas. Ninguna teoría jurídica es posible, se ha dicho, para resolver el problema de las generaciones futuras, porque toda teoría jurídica implica la concesión de derechos a las personas. De ahí el dilema. ¿Cómo es posible imputar derechos a personas que aún no han nacido? En consecuencia, si esto no es posible, tampoco lo es imponer los deberes correspondientes a las presentes generaciones. Pero, ¿es posible pensar diferente? Si, por ejemplo, se atribuyera al derecho el fin último de garantizar la supervivencia de la especie humana, perdería sentido distinguir entre las generaciones presentes y futuras. Es solo una sugerencia, pero vale la pena reflexionar, también porque hay ejemplos de soluciones concretas, a nivel jurisprudencial, que van en esa dirección.
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