El carpooling o viaje en coche compartido. Especial referencia a BlaBlaCar, de Pablo Fernández Carballo-Calero. Prólogo de Anxo Tato Plaza (Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2019)

Autores/as

  • Rafael García Pérez

DOI:

https://doi.org/10.7203/CIRIEC-JUR.36.17708

Resumen

La muy relevante y oportuna aportación doctrinal que reseñamos en estas páginas analiza el fenómeno del coche compartido o carpooling. Vaya por delante, para evitar confusiones, que no nos referimos al fenómeno Uber, sino a otro que constituye, como apunta el autor, una de las manifestaciones más puras o auténticas de la economía colaborativa. En efecto, el libro se refiere al fenómeno BlaBlaCar, que se caracteriza por dos notas fundamentales: a) los conductores que operan en esta plataforma ofrecen plazas libres en sus vehículos para compartir los gastos de desplazamiento de un viaje que iban a realizar en cualquier caso; b) las cantidades que reciben los conductores sirven para sufragar los gastos que supone el trayecto, y en ningún caso para obtener un lucro (lo ingresado no puede superar los costes del trayecto, y el conductor debe asumir su propia parte de los costes). Es importante tener en cuenta estas características, porque en buena medida condicionan el régimen jurídico de la figura.

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Publicado

2020-07-29

Cómo citar

García Pérez, R. (2020). El carpooling o viaje en coche compartido. Especial referencia a BlaBlaCar, de Pablo Fernández Carballo-Calero. Prólogo de Anxo Tato Plaza (Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2019). CIRIEC-España, Revista jurídica De economía Social Y Cooperativa, (36), 477–483. https://doi.org/10.7203/CIRIEC-JUR.36.17708
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