Responsabilidad de las personas administradoras de la sociedad laboral por incumplimiento de los deberes específicos
DOI:
https://doi.org/10.7203/CIRIEC-JUR.34.15292Resumen
Las personas administradoras de las sociedades mercantiles en general, dentro de sus competencias de gestión y representación de aquéllas, deben actuar de forma diligente y leal, anteponiendo el cumplimiento del interés social a otros fines particulares; lo mismo ocurre con las personas administradoras de las sociedades laborales que, además, deben atender a los principios y valores propios de la economía social. La Ley 44/2015 de Sociedades Laborales y Participadas, recoge por primera vez de forma expresa un conjunto especifico de deberes que les son propios, exigiendo que la conducta de las personas administradoras de las sociedades laborales sea responsable, adoptando políticas o estrategias que fomenten las prácticas de buen gobierno, el comportamiento ético y la transparencia. En la determinación del régimen de responsabilidad ante incumplimiento de los deberes en las sociedades laborales, se deberá acudir a la normativa de las sociedades de capital.
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Citas
AA.VV.: Lecciones de Derecho Mercantil (Jiménez Sánchez, G.J. y Díaz Moreno, A. coords.), Marcial Pons, Madrid, 2016.
Alcalá Díaz, M.A.: “Los deberes de los administradores en la PYME”, en AA.VV., Creación, gestión estratégica y administración de la PYME (Alcalá Díaz, M.A. dir.), Civitas, Madrid, 2010, pp. 437-480.
Alfaro Águila-Real, J.: “Artículo 225. Deber general de diligencia”, en AA.VV., Comentario de la reforma del Régimen de las Sociedades de Capital en materia de Gobierno Corporativo (Ley 31/2014) sociedades no cotizadas (Juste Mencia, J. coord.), Thomson Reuters-Civitas. Navarra, 2015, pp. 313-324.
Alfonso Sánchez, R.: “La responsabilidad social en las entidades público-privadas.”, en AA.VV., El gobierno y la gestión de las entidades no lucrativas público-privadas (Embid Irujo, J.M. y Emparanza Sobejano, A dirs.), Marcial Pons, Madrid, 2012, p. 242.
Alonso Ureba, A.: “Diferenciación de funciones (supervisión y dirección) y tipología de consejeros (ejecutivos y no ejecutivos) en la perspectiva de los artículos 133, 3 (responsabilidad de administradores) y 141, 1 (auto organización del consejo) del TRLSA”, RdS, nº 25, 2005, pp. 19-69.
Altzelai Uliondo, I.: “Otro enfoque para las entidades de la economía social”, CIRIEC- Jurídica, nº 28, 2016, pp. 9-44.
Andreu Marti, M.M.: “La sociedad laboral del siglo XXI. Significado y configuración”, en AA.VV., El régimen jurídico de las sociedades laborales (Andreu Marti, M.M. dir.), Aranzadi, Pamplona, 2017, pp. 27-48.
Aparicio Meira, D.: O Regime Económico das Cooperativas no Direito Português O capital social, Vida Económica, Oporto, 2009.
Barea Tejeiro, J. y Monzón Campos, J.L. (dir.): La economía social en España en el año 2000, Ciriec-España y MTSS, Valencia, 2002.
Barnea, A y Rubin, A.: “Corporate Social Responsibility as a Conflict between Shareholders”, EFA 2006 Zurich Meetings, 2006, p. 2. Disponible en http://ssrn.com/abstract=686606 (Última consulta el 6 de mayo de 2019).
Beltrán Sánchez, E.M.: “La responsabilidad de los administradores por obligaciones sociales”, en AA.VV., La responsabilidad de los administradores de las sociedades mercantiles (Rojo Fernández Rio, A.J. y Beltrán Sánchez, E. dirs.), Tirant lo Blanch ,Valencia, 2016, pp. 255-304.
Boquera Matarredona, J.: “El órgano de administración en las sociedades laborales”, CIRIEC- Jurídica, nº 13, 2003, pp. 111-123.
Boquera Matarredona, J.: “Novedades en la regulación del órgano de administración de las sociedades laborales”, CIRIEC- Jurídica, nº 28, 2016, pp. 155-173.
Burillo Sánchez, F.J. y Navarro Matamoros, L.: “La empresa social”, en AA.VV., La empresa social y su organización jurídica (Martí, M.M. dir.), Marcial Pons, Madrid, pp. 69-90.
Bustillo Saiz, M.M.; La Subsanación de Acuerdos Sociales por la Junta General de la Sociedad Anónima, Aranzadi, Navarra, 1999, p.p. 201-208.
Cabrera Mercado, R: “La impugnación de acuerdos en las sociedades cooperativas”, Revista de Estudios Jurídicos, nº 9, 2009, pp. 1-16.
Cano López, A.: “Teoría jurídica de la economía social: la sociedad laboral, una forma jurídica de empresa de economía social”, Consejo Económico y Social de España, 2002.
Chaves Ávila, R. y Monzón Campos, J. L. (dir.): “La economía social en la Unión Europea.”, Informe elaborado por el Centro Internacional de Investigación e Información sobre la Economía Publica, Social y Cooperativa (CIRIEC) para el Comité Económico y Social Europeo, 2012. Disponible en https://publications.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/5ddb156a-2ed5-48c5-b6a7-5e44282b7da6. (Última consulta el 22 de abril de 2019).
Divar Garteiz-Aurrecoa, J.: “Las cooperativas: una alternativa económica y social frente a la crisis”, Boletín de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo, Deusto, nº 47, 2013, pp. 257-264.
Duque Domínguez, J.F.: “Principios cooperativos y experiencias cooperativas”, en Congreso de cooperativismo, Bilbao, Deusto, 1998, pp. 89-118.
Duque Domínguez, J.F.: “Contenido y tendencias del Derecho Mercantil Contemporáneo”, en AA.VV., Estudios de Derecho Mercantil en homenaje al Profesor José María Muñoz Planas (Piloñeta Alonso, L.M. y Irabarren Blanco M. coords.), Aranzadi, Navarra, 2011, pp. 151-152.
Embid Irujo J.M.: “Los aspectos mercantiles de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”, en AA.VV., Comentarios a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, La Ley, Madrid, 2008, pp. 267-354.
Embid Irujo J.M.: “El significado de la igualdad entre hombres y mujeres en el derecho de sociedades”, en AA.VV., Estudios de derecho Mercantil: Libro homenaje al Prof. Dr. hc, José Antonio Gómez Segade (Tobío Rivas, A.M. coord.), Marcial Pons, Madrid, 2013, pp. 147-162.
Esteban Velasco, G.: “Algunas reflexiones sobre la responsabilidad de los administradores frente a los soios y terceros: acción individual y acción por no promoción o remoción”, en AA.VV., Sociedades Mercantiles. Estudios jurídicos en homenaje al profesor Aurelio Menenedez. (Iglesias Prada, J.L. coord.), Civitas, Valencia, 1996, pp. 1683-1687.
Esteban Velasco, G.: “Interés social, buen gobierno y responsabilidad social corporativa (algunas consideraciones desde una perspectiva jurídico-societaria)”, en AAVV., Responsabilidad Social corporativa. Aspectos jurídicos-económicos, Universitat Jaume I, Servei de Comunicació i Publicacions, Castellón de la Plana, 2005, pp. 13-62.
Esteban Velasco, G: “Articulo 209. competencia del órgano de administración”, en AA.VV., Comentario de la Ley de Sociedades de Capital (Rojo Fernández Río A. y Beltrán Sánchez, E.M. coords.), Thomson Reuters-Civitas Madrid, 2011, pp. 1481-1486.
Esteban Velasco, G.: “La acción individual de responsabilidad”, en AA.VV., La responsabilidad de los administradores de las sociedades mercantiles (Rojo Fernández Rio, A.J. y Beltrán Sánchez, E. dirs.), Tirant lo Blanch ,Valencia, 2016, pp. 169-254.
Fajardo García, I. G.: “Las empresas de economía social en la Ley 5/2011, de 29 de marzo”, RdS, nº 38, 2012, pp. 245-280.
Fajardo García, G.: “La identificación de las empresas de economía social en España. Problemática jurídica”, REVESCO, nº 128, 2018, pp. 99-126.
Gabaldón, P.: “Mujeres en los consejos de administración y en la alta dirección en España”, Investigaciones y Publicaciones Centro de Gobierno Corporativo, pp. 1-47.
Gadea Soler, E. y Atxbal, A.: “Presentación del monográfico. Las sociedades cooperativas construyen un mundo mejor.”, REVESCO, nº 117, 2015, pp. 7-11.
Gallego Sánchez, E..: “Articulo 225. Deber de diligente administración”, en AA.VV., Comentario de la Ley de Sociedades de Capital (Rojo Fernández Río A. y Beltrán Sánchez, E.M. coords.), Thomson Reuters-Civitas Madrid, 2011, pp. 1487-1498.
Gil y Gil, J. L.: “Trabajo decente y reformas laborales”. Revista Derecho social y empresa, nº 7, 2017, pp. 21-78.
Girón Tena, J.: Derecho de Sociedades Anónimas, Publicaciones Universidad de Valladolid, Valladolid, 1952.
Girón Tena, J: “La responsabilidad de los administradores de la Sociedad Anónima en el Derecho español”, ADC, nº2, 1959, pp. 419-450.
Girona Cascales, I.: “La economía social en la agenda de la Unión Europea”, en AA.VV., Economía Social y Derecho. Problemas jurídicos actuales de las empresas de economía social (Gómez Manresa, M.F. y Pardo López M.M. dirs.). Comares, Granada, 2013, pp. 485-503.
Gómez Calero, J.: Las sociedades laborales. Comares, Granada, 1999.
Grimaldos García, M.I.: “Especialidades en materia de órganos de administración”, en AA.VV., El régimen jurídico de las sociedades laborales (Andreu Marti, M.M. dir.), Aranzadi, Pamplona, 2017, pp. 185-212.
Grimaldos García, M. I.: “El impulso de la Responsabilidad Social de la Empresa en las Entidades de Economía Social: los deberes de los administradores de las sociedades laborales como caso paradigmático”, CIRIEC- Jurídica, nº 33, 2018, pp. 73-104.
Grimaldos García, M.I.: “La acción individual de responsabilidad contra los administradores de las sociedades de capital: Por fin una solución legislativa sobre su régimen jurídico”, en AA.VV., Derecho de Sociedades. Revisando el derecho de sociedades de capital (González Fernandez, M.B. y Cohen Benchetrit, A. dirs.), Tirant lo Blanch, Valencia, 2018, pp. 1287-1296.
Guerra Martín, G.: “El plan de acción de la Comisión Europea en materia de derecho de sociedades y gobierno corporativo.”, RdS, nº 40, 2013, pp. 557-571.
Guerrero Trevijano, C.: El deber de diligencia de los administradores en el gobierno de las sociedades de capital, Civitas, Madrid, 2015.
Guerrero Trevijano, C.: “La protección de la discrecionalidad empresarial en la Ley 31/2014, de 3 de diciembre.”, RDM, nº 298, 2015, pp. 147-182.
Guerrero Trevijano, C.: “Sociedades de capital V. Órganos sociales (II). Administradores”, en AA.VV., Derecho de Sociedades (Alonso Ledesma C. dir.), Atelier, Barcelona, 2017, pp. 239-270.
Leiñena Mendizabal, E.: “La participación de la mujer en los consejos de administración de las sociedades corporativas”, RDM, nº 278, 2010, pp. 1233-1290.
Llebot Majó, J. O.: “El deber general de diligencia (art. 225.1 LSC)”, en AA.VV., Junta General y Consejo de Administración de la Sociedad cotizada. Estudio de las modificaciones de la Ley de Sociedades de Capital introducidas por las Leyes 31/2014, de 3 de diciembre, 5/2015, de 27 de abril, 9/2015, de 25 de mayo, 15/2015, de 2 de julio y 22/2015, de 20 de julio, así como de las Recomendaciones del Código de Buen Gobierno de febrero de 2015 (Rodríguez Artigas, F., Fernández dela Gándara, L., Quijano González, J., Alonso Ureba, A., Velasco San Pedro, L.A. y Esteban Velasco, G., dirs.), Aranzadi, Navarra, 2016, pp. 317-345.
Llebot Majó, J. O.: “Los deberes y responsabilidades de los administradores”, en AA.VV., La responsabilidad de los administradores de las sociedades mercantiles (Rojo Fernández Rio, A.J. y Beltrán Sánchez, E. dirs.), Tirant lo Blanch ,Valencia, 2016, pp. 27-58.
Llobregat Hurtado, M.L.: “Reflexiones sobre el régimen jurídico de las sociedades anónimas laborales y las cooperativas de trabajo asociado”, CIRIEC- Jurídica, nº 8, 1996, pp. 123-142.
Mambrilla Rivera, V. y Quijano González, J.: “Los deberes fiduciarios de diligencia y lealtad. En particular, los conflictos de intereses y las operaciones vinculadas”, en AA.VV., Derechos de Sociedades Anónimas. Estructura de Gobierno y Mercados (Rodríguez Artigas, F. coord.), Aranzadi, Navarra, 2006, pp. 922-934.
Mambrilla Rivera, V.: “Las concretas manifestaciones del deber general de diligencia de los administradores”, en AA.VV., Junta General y Consejo de Administración de la Sociedad cotizada. Estudio de las modificaciones de la Ley de Sociedades de Capital introducidas por las Leyes 31/2014, de 3 de diciembre, 5/2015, de 27 de abril, 9/2015, de 25 de mayo, 15/2015, de 2 de julio y 22/2015, de 20 de julio, así como de las Recomendaciones del Código de Buen Gobierno de febrero de 2015 (Rodríguez Artigas, F., Fernández dela Gándara, L., Quijano González, J., Alonso Ureba, A., Velasco San Pedro, L.A. y Esteban Velasco, G., dirs.), Aranzadi, Navarra, 2016, pp. 345-383.
Martínez Flórez, A.: “Los derechos individuales de los socios ante la modificación de estatutos sociales en la sociedad limitada”, RdS, nº 35, 2010, pp. 33-63.
Martínez Martínez, D.F.: “El deber de diligencia y responsabilidad de los administradores de las sociedades no cotizadas a la luz del artículo 31 bis del Código Penal o la obligación de implementar programas de compliance penal”, en AA.VV., Derecho de Sociedades. Revisando el derecho de sociedades de capital (González Fernandez, M.B. y Cohen Benchetrit, A. dirs.), Tirant lo Blanch, Valencia, 2018, pp. 1265-1283.
Monzón Campos, J. L. y Chaves Ávila, R.: Evolución reciente de la economía social en la Unión Europea, 2016. Disponible en https://www.eesc.europa.eu/sites/default/files/files/qe-04-17-875-es-n.pdf. (Última consulta el 29 de abril de 2019).
Morales Gutiérrez, A.C.: “Las sociedades laborales”, en AAVV., La economía social y el tercer sector: España y el entorno europeo (Barea Tejeiro, J., dir.). Escuela Libre, Madrid, 2003, pp. 609-632.
Namorado, R.: “O que é a economía social”, Economía Social en Textos, Centro de Estudios Cooperativos e da Economía Social, nº 1, Janeiro, 2017. Disponible en http://www.uc.pt/feuc/ceces/est/1 (Última consulta el 26 abril 2019).
Navarro Matamoros, L.: “Artículo 12. Adquisición por la sociedad laboral de sus propias acciones y participaciones sociales”, en AA.VV., Comentario a la Ley de sociedades laborales y participativas (Alonso Espinosa, F.J. dir.), Thomson Reuters-Civitas, Navarra, 2017, pp. 173-178.
Ortiz García, P.: “El trabajo a tiempo parcial ¿Una alternativa para la mujer en tiempos de crisis?”, Sociología del Trabajo, nueva época, nº. 82, 2014, pp. 73-92.
Paniagua Zurera, M.: Las empresas de la economía social. Más allá del comentario a la Ley 5/2011, de economía social. Ediciones Jurídicas y Sociales, S.A, Madrid, 2011.
Paz-Ares Rodríguez, J.C.: “La responsabilidad de los administradores como instrumento de gobierno corporativo”, Indret ,2003, nº 4, 1-61.
Pérez Carrillo, E.: “Empresa socialmente responsable y crecimiento empresarial sostenible”, en AA.VV., Empresa Responsable y crecimiento sostenible: aspectos conceptuales, societarios y financieros (Fernández-Albor Baltar A. dir.) Monografía asociada a la RdS, Aranzadi, 2012, pp. 25-57.
Prades Cutillas, D.: La responsabilidad del administrador en las sociedades de capital, Tirant lo Blanch, Valencia, 2014.
Quijano González, J.: La responsabilidad civil de los administradores de la sociedad anónima. Aspectos sustantivos, Universidad de Valladolid, Valladolid, 1989.
Quijano González, J.: “Ideas generales y reforma del sistema de impugnación español de los acuerdos sociales”, La Notaria, nº 2, 2013, pp. 60-69.
Quijano González, J.: “Los presupuestos de la responsabilidad de los administradores en el nuevo modelo del Consejo de Administración”, RDM, nº 296, 2015, pp. 135-157.
Quijano González, J.: “Los presupuestos de la responsabilidad de los administradores en el nuevo modelo del Consejo de Administración (arts. 236.1 y 2 LSC)”, en AA.VV., Junta General y Consejo de Administración de la Sociedad cotizada. Estudio de las modificaciones de la Ley de Sociedades de Capital introducidas por las Leyes 31/2014, de 3 de diciembre, 5/2015, de 27 de abril, 9/2015, de 25 de mayo, 15/2015, de 2 de julio y 22/2015, de 20 de julio, así como de las Recomendaciones del Código de Buen Gobierno de febrero de 2015 (Rodríguez Artigas, F., Fernández dela Gándara, L., Quijano González, J., Alonso Ureba, A., Velasco San Pedro, L.A. y Esteban Velasco, G., dirs.), Aranzadi, Navarra, 2016, pp. 591-613.
Recalde Castells, A. J.: “La prueba en la regla de la discrecionalidad empresarial (business judgement rule)” en AA.VV., Derecho de Sociedades. Revisando el derecho de sociedades de capital (González Fernandez, M.B. y Cohen Benchetrit, A. dirs.), Tirant lo Blanch, Valencia, 2018, pp. 1185-1213.
Ribas Ferrer, V.: “Articulo 225. Deber de diligente administración”, en AA.VV., Comentario de la Ley de Sociedades de Capital (Rojo Fernández Río A. y Beltrán Sánchez, E.M. coords.), Thomson Reuters-Civitas Madrid, 2011, pp. 1608-1620.
Ribas Ferrer, V.: “Articulo 226. Deber de lealtad”, en AA.VV., Comentario de la Ley de Sociedades de Capital (Rojo Fernández Río A. y Beltrán Sánchez, E.M. coords.), Thomson Reuters-Civitas Madrid, 2011, pp. 1620-1626
Ribas Ferrer, V.: El deber de lealtad del administrador de sociedades, La ley, Madrid, 2010.
Rodríguez González, A.: La amortización de acciones en la SA (Especial Referencia al Art. 164.3 TRLSA), Aranzadi, Navarra, 2005.
Rodríguez González, A.: “Buen gobierno y equidad de género en los Consejos de administración de las sociedades mercantiles”, en AA.VV., Actores, actuaciones y controles del buen gobierno societario y financiero (Fernández-Albor Baltar A. y Pérez Carrillo, E.F. dirs.), Marcial Pons, Madrid, 2018, pp. 365-385.
Rodríguez González, A.: “El órgano de administración de las sociedades laborales”, en AA.VV., Participación de los trabajadores en la empresa y sociedades laborales (Fajardo García, G. dir), Tirant Lo Blanch, Valencia, 2018, pp. 883-910.
Sáenz García de Albizu, J.C., Goñi Sein, J.L., De la Hucha Celador, F. y Perdices Huetos, A.B.: Sociedades laborales (Ley 4/1997, de 24 de marzo), Civitas Ediciones S.L., Madrid, 2000.
Sánchez Calero Guilarte, J.: “El interés social y los varios intereses presentes en las sociedades anónimas cotizadas”, RDM, nº 246, 2002, pp. 1653-1726.
Sánchez Calero, F.: Los administradores en las sociedades de capital, Civitas, Pamplona, 2007.
Sánchez Pachón, L.A.: “Capítulo 40. Acción social de responsabilidad contra los administradores y destitución automática de los afectados”, en AA.VV, Estudios sobre órganos de las sociedades de capital: Liber Amicorum, Fernando Rodríguez Artigas, Gaudencio Esteban Velasco ( Juste Mencía, J. y Espín Gutiérrez, C. coords.), Aranzadi, Pamplona, 2017, pp. 1205-1226.
Senent Vidal M.J.: “Crisis, responsabilidad social empresarial y perspectiva de género”, en AA.VV., Mujeres, contratos y empresa desde la igualdad de género (Mesa Marrero, C. dir.) Tirant lo Blanch, Valencia, 2014, pp. 565-597.
Senent Vidal, M.J.: “Derechos, obligaciones y responsabilidad de las personas socias”, en AA.VV., Participación de los trabajadores en la empresa y sociedades laborales. (Fajardo García, G. dir), Tirant Lo Blanch, Valencia, 2018, pp. 833-882.
Tobías Olarte, E., “La dimensión social de la responsabilidad social de la empresa”, REDUR, Nº 15, 2017, pp. 115-116.
Uria, R., Menéndez, A. y Olivencia, M. (dirs.): Comentario al régimen legal de las sociedades mercantiles, Civitas, Madrid, pp. 233-246.
Vargas Vasserot, C.: “La organización de entidades público-privadas o a través de sociedades mercantiles”, en AA.VV., El gobierno y la gestión de las entidades no lucrativas público-privadas (Embid Irujo, J.M. / Emparanza Sobejano, A., dirs.), Madrid-Barcelona-Buenos Aires, Sao Paulo2 012, pp. 93-135.
Velerdas Peralta, A.: “Órgano de administración (II): deberes y responsabilidades de los administradores”, en AA.VV., Derecho de sociedades de capital: estudio de la Ley de sociedades de capital y de la legislación complementaria (Embid Irujo, J.M. dir.), Marcial Pons, Madrid, 2016, pp. 287-314.
Verdú Cañete, M.J.: “Artículo 13. Órgano de administración”, en AA.VV., Comentario a la Ley de sociedades laborales y participativas (Alonso Espinosa, F.J. dir.), Thomson Reuters-Civitas, Navarra, 2017, pp. 179-195.
Verdú Cañete, M.J.: “El sistema de representación proporcional en el órgano de administración de sociedades laborales.”, en XVI Congreso de Investigadores en Economía Social y Cooperativa. Economía Social: crecimiento económico y bienestar, en: ciriec.es/eventos/xvi-congreso-de-investigadores-en-economia-social-y-cooperativa/comunicaciones (Última consulta el 13 de
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