La conservación del patrimonio paleontológico en España: el papel de la administración y de los paleontólogos
DOI:
https://doi.org/10.7203/sjp.16.3.21618Palabras clave:
Patrimonio paleontológico, legislación, España, Comunidades Autónomas, Sociedad Española de Paleontología, Comisión de Patrimonio, Punto de Especial Interés Paleontológico (PEIP).Resumen
El patrimonio paleontológico está constituido, por un lado, por el conjunto de yacimientos y secciones fosilíferas conocidos y estudiados (patrimonio "inmueble") y por otro, por el conjunto de colecciones paleontológicas y ejemplares alojados en museos, colecciones y exposiciones locales (patrimonio "mueble"). Los riesgos que afectan al patrimonio paleontológico son fundamentalmente el de destrucción y el de expolio por aficionados y comerciantes. Todo ello ha generado una situación de riesgo evidente para su conservación de la que la comunidad paleontológica española sólo ha comenzado a tomar conciencia en los tiempos recientes. El surgimiento en 1985, y posteriormente en 1989, de una legislación nacional sobre patrimonio y sobre espacios naturales, desarrollada de manera diversa en las diferentes Comunidades Autónomas del Estado Español, ha venido a incidir en esta problemática de manera favorable, aunque no siempre satisfactoria para todas las partes. En bastantes comunidades autónomas las regulaciones sobre excavaciones paleontológicas se encuentran efectivas desde hace tiempo y en algunas se inician políticas activas destinadas a la protección y/o a la gestión y difusión social de los yacimientos. Se inicia así un proceso que deberá progresar hacia la declaración de los yacimientos de mayor importancia como puntos protegidos de acuerdo con las figuras legales existentes.
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