Cíborgs: res ipsa loquitur
DOI:
https://doi.org/10.7203/CEFD.43.16895Resumen
En el presente trabajo analizamos el daño desproporcionado sobre la naturaleza humana causado por el fenómeno cíborg a través de su encaje en la regla res ipsa loquitur, o la cosa habla por sí sola. Por un lado, fundamentamos lo que denominados naturaleza humana haciendo referencia a las iguales capacidades humanas, necesarias en el cumplimiento de funciones vitales. Por otro, esta regla recibe también el nombre de daño desproporcionado y su teoría vincula el resultado causado sobre la cosa con la lex artis de una profesión, de ahí que, para su análisis jurídico, hayamos optado por el ámbito sanitario
Descargas
Citas
ARBESÚ GONZÁLEZ, Vanesa (2016); La responsabilidad civil en el ámbito de la cirugía estética, Madrid, Dykinson.
DE ASÍS, Rafael (2019); “Desafíos éticos de los cíborgs”, Universitas, núm. 30, pp. 1-25.
AYER, Alfred J. (1984); Lenguaje, verdad y lógica, trad. ORTEGA, V. de la segunda edición revisada de 1946, Barcelona, ORBIS. 1ª ed. 1936.
CARAZA CRISTÍN, María del Mar (2016); La responsabilidad patrimonial de la administración y su relación con los estándares de calidad de los servicios públicos, Madrid, Instituto Nacional de Administración Pública.
CIQUE MOYA, Alberto (2017); “«Biohacking» y «biohackers»”. Amenazas y oportunidades”, Bie3. Boletín IEEE, Instituto Español de Estudios Estratégicos, Ministerio de Defensa, núm. 7, pp. 773-792.
DÍEZ-PICAZO, Luis (2001); “La culpa en la responsabilidad civil extracontractual”, Anuario de Derecho Civil, LIV, núm. 3, pp. 1009-1028.
FONSECA FERRANDIS, Fernando E. (2018); Estudio médico-legal sobre el daño desproporcionado en la sanidad pública española. Su alcance a tenor de la jurisprudencia contencioso-administrativa, Pamplona, Aranzadi.
GARCÍA MANRIQUE, Ricardo (2004); “Radbruch y el valor de la seguridad jurídica”, Anuario de Filosofía del Derecho, núm. 21, pp. 261-286.
(2013); La libertad de todos. Una defensa de los derechos sociales, Barcelona, El Viejo Topo.
GARZÓN VALDÉS, Ernesto (1963); El problema de la naturaleza de la cosa en el pensamiento contemporáneo, Córdoba (Argentina), Universidad Nacional de Córdoba.
(1970); “La naturaleza de la cosa”, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, UNAM – Instituto de Investigaciones Jurídicas, núm. 7, pp. 59-91.
GUERRERO ZAPLANA, José (2001); Las reclamaciones por la defectuosa asistencia sanitaria. Doctrina, jurisprudencia, legislación y formularios, Madrid, Lex Nova.
(2004); “La conexión entre el resultado y la información en la responsabilidad derivada del consentimiento informado. Líneas jurisprudenciales”, en Cuadernos de Derecho Judicial, CGPJ, núm. 10, pp. 155-198.
(2013); “Responsabilidad y consentimiento informado”, en AA.VV., Tratado de Derecho Sanitario, Vol. II, Cizur Menor, Aranzadi, pp. 145-172.
HABERMAS, Jürgen (1999); Teoría de la acción comunicativa, vol. I, trad. JIMÉNEZ REDONDO, M., Madrid, Taurus.
LARENA BELDARRAÍN, Javier (2012); “El proceso por responsabilidad civil médica: consideración en materia probatoria”, en MORILLAS CUEVA, L. y LLEDÓ YAGÜE, F., Responsabilidad médica civil y penal por presunta mala práctica profesional. El contenido reparador del consentimiento informado, Madrid, Dykinson.
LARENZ, Karl (1980); Metodología de la ciencia del Derecho, trad. RODRÍGUEZ MOLINERO, Barcelona, Ariel. 1ª ed. 1960.
LEGAZ Y LACAMBRA, Luis (1979); Filosofía del Derecho, 5ª ed., Barcelona, BOSCH.
LLAMAS POMBO, E. (2000); “Responsabilidad médica, culpa y carga de la prueba”, en MORENO MARTÍNEZ, J.A., Perfiles de la responsabilidad civil en el nuevo milenio, Madrid, Dykinson, pp. 297-322.
LLEWELLYN, Karl (2008); Jurisprudence. Realism in Theory and Practice, New Brunswick (Nueva Jersey), Transaction Pubishers. 1ª ed. 1962 en University of Chicago Press.
MARTÍN LEÓN, Antonio (2010); “Lex artis y protocolos médicos”, en MORILLAS CUEVA, L. (dir.), Estudios jurídicos sobre responsabilidad penal, civil y administrativa del médico y otros agentes sanitarios, Madrid, Dykinson.
NAVARRO MICHEL, Mónica (2003); “Sobre la aplicación de la regla res ipsa loquitur en el ámbito sanitario”, Anuario de Derecho Civil, LVI, núm. 3, pp. 1197-1230.
ORTEGA Y GASSET, José (1966a); “Meditaciones del «Quijote»”, Obras Completas, vol. I, Madrid, Revista de Occidente. 1ª ed. 1946.
(1966b); “La rebelión de las masas”, Obras Completas, vol. IV, Madrid, Revista de Occidente. 1ª ed. 1947.
(1966c); “¿Qué es filosofía?”, Obras Completas, vol. VII, Madrid, Revista de Occidente, 1 ed. 1961.
(1982); ¿Qué es filosofía?, Madrid, Revista de Occidente en Alianza Editorial.
PACHECO JIMÉNEZ, Mª Nieves (2019); “Responsabilidad por daños desde la perspectiva del usuario de servicios sanitarios: del art. 28 LGDCU al art. 148 TRLGDCU”, Revista Jurídica sobre Consumidores y Usuarios, núm. 4 –Responsabilidad sanitaria, Editorial vLex, pp. 53-68.
QUIGLEY, Muireann y AYIHONGBE, Semande (2018); “Everyday Cyborgs. On integrated persons and integrated godos”, Medical Law Review, Vol. 26, núm. 2, pp. 276-308.
RADBRUCH, Gustav (1990); Relativismo y Derecho, trad. VILLAR BORDA, L., Santa Fe de Bogotá, TEMIS.
RECASÉNS SICHES, Luis (1971); Experiencia jurídica, naturaleza de la cosa y lógica razonable, Ciudad de México, Fondo de Cultura Económica – UNAM – Instituto de Investigaciones Filosóficas.
SANTOS MORÓN, María José (2017); “La imputación de responsabilidad médica con base en las normas de protección de consumidores: el artículo 148 TRLC”, Anuario de Derecho Civil, LXX, núm. 1, pp. 119-164.
Descargas
Publicado
Cómo citar
-
Resumen830
-
PDF521
Número
Sección
Licencia
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons: Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional.
El autor o los autores ceden a la Revista los derechos de reproducción en revistas científicas de los textos publicados. Asimismo, permiten al equipo de CEFD distribuir estos contenidos, además de en el sitio electrónico de CEFD, en todas aquellas bases de datos científicas en la que se encuentre indexada ésta, siempre con el objetivo de asegurar una amplia distribución de los contenidos cedidos por los autores.
Apostando por un firme compromiso con las políticas de contenidos en abierto e intentando garantizar los máximos derechos de copyright a los autores, estos podrán reproducir sus obras en otras publicaciones, mencionando en el nuevo texto que este ha sido previamente publicado en CEFD, adjuntando una cita completa al mismo.
Los textos publicados en esta revista están –si no se indica lo contrario– bajo una licencia de Creative Commons: Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional. La licencia completa se puede consultar en Creative Commons