La interferencia estatal en la vida privada y familiar
DOI:
https://doi.org/10.7203/CEFD.42.16609Resumen
Este artículo se ocupa del derecho en relación con la vida privada y familiar. El objetivo del mismo es volver a pensar la distinción público-privado desde una perspectiva no excluyente sino gradualista, menos centrada en la idealización de la autonomía como capacidad plena o absoluta y más interesada en las acciones, su contexto y alcance interpersonal. Esta nueva perspectiva permite calibrar mejor la adecuada participación de las instituciones estatales y del derecho para la gestión de las relaciones y los conflictos de la vida privada y familiar, y reformular la vieja noción de interferencia estatal.Descargas
Citas
Abramovich, V. Y C. Courtis, 2002: Los derechos sociales como derechos exigibles, Madrid, Editorial Trotta.
Alvarez Medina, Silvina (2018a): La autonomía de las personas. Una capacidad relacional, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Alvarez Medina, Silvina (2018b): “Derechos humanos emergentes. Fundamentación, contenido y sujetos desde una perspectiva de género”, en A. Rodenas (ed.), Repensar los Derechos Humanos, Lima, Palestra.
Alvarez Medina, Silvina (2020): “Derechos sociales y pobreza. Algunas reflexiones desde las categorías de público y privado”, en Fernández Blanco, C y Pereira Fredes, E. (Eds.), Derecho y pobreza, Madrid, Marcial Pons, en prensa.
Allen, Anita L. (1988): Uneasy Access. Privacy for Women in a Free Society. New Jersey, Rowman &Littlefield Publishers.
Bridgeman, Jo and Susan Millns (1998): Feminist perspectives on Law. Law’s Engagement with the Female Body, London, Sweet & Maxwell.
Fajardo Fernández, Javier (2015). “Derecho público y Derecho privado. Los cinco sentidos de una distinción”, en Persona y Derecho, n. 72, 2015/1, pp. 75-90.
Fineman, M. (2004): The Autonomy Mith, New York, The New Press.
Gavison, Ruth (1980): “Privacy and the Limits of Law”, The Yale Law Journal, vol 89, n 3, January 1980, pp. 421-471.
Gavison, Ruth (1992). “Feminism and the Public/Private Distinction”, Stanford Law Review, vol. 45, n. 1, pp. 1-46.
Guzmán Brito, Alejandro (2015). “El Derecho público y el Derecho privado”, en Persona y Derecho, n. 72, 2015/1, pp. 11-21.
Inness, Julie C. (1996-2003 Online). Privacy, Intimacy, Isolation, Oxford University Press.
Inness, Julie C. (2003a) “Intimacy-Based Privacy: The Answer to Legal Privacy Debates”;
Inness, Julie C.(2003b) “Personhood or Close Relationships? The Value of Privacy”;
Inness, Julie C. (2003c) “Common Debates in the Philosophical and Legal Privacy Literature”;
Inness, Julie C. (2003d) “In Conclusion: Answers and New Questions”.
MacKinnon, Catherine (1983). “The Male Ideology of Privacy: A Feminist Perspective”, en Radical America , 1983, 17.
Minow, Martha (1998). “All in the Family and In All Families: Membership, Loving, and Owing”, en D. Estlund y M. Nussbaum (eds.), Sex, Preference, and Family. Essays on Law and Nature, Oxford University Press.
Okin, Susan M. (1989): Justice, Gender and the Family, Basic Books.
Oliver, Dawn (1999): Common Values and the Public/Private Divide, London, Butterwork.
Olsen, Frances E. (1985). “The Mith of State Intervention in the Family”, Journal of Law Reform, Vol. 18:4, Summer 1985.
Quicios Molina, Susana y Silvina Alvarez Medina (directoras), El derecho frente a la violencia dentro de la familia. Un acercamiento multidisciplinar a la violencia de género y la protección de los hijos menores de edad, Madrid, Aranzadi.
Parker, Richar B. (1974). “A Definition of Privacy”, 27 Rutgers Law Review, pp. 275-296.
Pateman, Carole (1988). The Sexual Contract, Cambridge, Polity Press.
Thomson, Judith Jarvis (1975). “The Right to Privacy”, Philosophy & Public Affairs, Vol 4, n. 4 (Summer, 1975), pp. 295-314.
Velasco Caballero, Francisco (2014). Derecho público más Derecho privado, Madrid, Marcial Pons.
Westin, A. (1967): Privacy and Freedom, Atheneum.
Descargas
Publicado
Cómo citar
-
Resumen998
-
PDF717
Número
Sección
Licencia
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons: Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional.
El autor o los autores ceden a la Revista los derechos de reproducción en revistas científicas de los textos publicados. Asimismo, permiten al equipo de CEFD distribuir estos contenidos, además de en el sitio electrónico de CEFD, en todas aquellas bases de datos científicas en la que se encuentre indexada ésta, siempre con el objetivo de asegurar una amplia distribución de los contenidos cedidos por los autores.
Apostando por un firme compromiso con las políticas de contenidos en abierto e intentando garantizar los máximos derechos de copyright a los autores, estos podrán reproducir sus obras en otras publicaciones, mencionando en el nuevo texto que este ha sido previamente publicado en CEFD, adjuntando una cita completa al mismo.
Los textos publicados en esta revista están –si no se indica lo contrario– bajo una licencia de Creative Commons: Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional. La licencia completa se puede consultar en Creative Commons