El Nuevo Marco Fiscal de la Economía Brasileña: Teoría, Modelo y Evidencias Empíricas de un Régimen Fiscal (In)sostenible
DOI :
https://doi.org/10.7203/IREP.6.1.29170Résumé
El objetivo de este artículo es desarrollar un modelo matemático capaz de representar el nuevo marco fiscal de la economía brasileña para permitir la simulación de sus efectos en diferentes escenarios. Considerando el modelo desarrollado y las condiciones iniciales presentadas por el gobierno, se puede afirmar que esta regla fiscal no es sostenible, dado que en el mejor de los casos, la relación de endeudamiento debería alcanzar el nivel del 84,01%
en 2026, muy por encima de los objetivos establecidos. Evidentemente, los resultados se han mostrado sensibles a los supuestos y parámetros definidos originalmente por el nuevo marco, los cuales deben ser reconsiderados y recalibrados a través de procedimientos que exploren las soluciones viables hasta alcanzar la óptima. Finalmente, la economía brasileña está atrapada en una trampa, ya que el éxito del nuevo marco depende de la aceleración del crecimiento a largo plazo, cuyos recursos para su realización están siendo restringidos por la propia regla fiscal.
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Références
Afonso, J. R. (2016). Uma história da lei brasileira de responsabilidade fiscal. Direito Público, 13(Edição Especial), 126-154.
Alesina, A. (2000). The political economy of the budget surplus in the united states. Journal of Economic Perspectives, 14(3), 3–20.
Barro, R. J., & Gordon, D. B. (1983). Rules, discretion and reputation in a model of monetary policy. Journal of monetary economics, 12(1), 101–121.
Buiter, W. H. (1990). Principles of budgetary and financial policy. MIT Press Books, 1. Dabán, T. (2011). A second-generation of fiscal rules for latin america. IMF Public Financial Management Blog. Retrieved from http://blog-pfm.imf.org/ pfmblog/2011/11/a-second-generation-of-fiscal-rules-for-latin-america-.html
Da República, P. (2000, May). Lei de responsabilidade fiscal. Lei Complementar LRF Nº 101/2000. https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/lcp/lcp101.htm. ((Accessed on 12/11/2023))
Da Silva, C. G., & Salomão, B. A. (2021). Da lei de responsabilidade fiscal à pec do teto dos gastos: uma análise dos vinte anos de regras fiscais no brasil.
Dieese. (2016). Pec nº 241/2016: o novo regime fiscal e seus possíveis im- pactos (No. 161). https://www.dieese.org.br/notatecnica/2016/ notaTec161novoRegimeFiscal.pdf. ((Accessed on 11/24/2023)).
dos Deputados, C. (2023, August). Novo arcabouço fiscal. Lei Complementar NAF 200/2023, https://www.camara.leg.br/proposicoesWeb/fichadetramitacao?idProposicao=2357053. ((Accessed on 12/11/2023)).
Fund, I. M. (2018). The emergence of a second generation of fiscal rules (Staff Discussion Note). IMF.
Gobetti, S., & Orair, R. O. (2017). Resultado primário e contabilidade criativa: Reconstruindo as estatísticas fiscais “acima da linha” do governo geral. Texto para Discussão do IPEA, 1(2288), 1-50.
Hemming, R., Kell, M., & Mahfouz, S. (2000). The effectiveness of fiscal policy in stimulating economic activity: A review of the literature.
Hoel, A. H. (1984). The rise and decline of nations: economic growth, stagflation, and social rigidities. International Challenges(2), 34.
Kopits, G. (2001). Fiscal rules: useful policy framework or unnecessary ornament? Available at SSRN 2094462.
Kopits, G., & Symansky, S. (1998). Fiscal policy rules (Tech. Rep. No. 162). Washington, DC: International Monetary Fund.
Kydland, F. E., & Prescott, E. C. (1977). Rules rather than discretion: The inconsistency of optimal plans. Journal of Political Economy, 85(3), 473-491.
Lerner, A. P. (1959). Public principles of public debt: A defense and restatement. JSTOR.
Mariano, C. M. (2019). Emenda constitucional 95/2016 e o teto dos gastos públicos: Brasil de volta ao estado de exceção econômico e ao capitalismo do desastre. Revista de Investigacoes Constitucionais, 4, 259-281.
Musgrave, R. A. (1959). The theory of public finance: A study in public economy. Kogakusha Co.
Musgrave, R. A. (1969). Fiscal systems. London, UK: Yale University Press.
Salomão, B. A. (2023). A note on expansionary austerity in brazil. Revista Brasileira de Economia, 77(2), 1-21.
Samuelson, P. A. (1995). Diagrammatic exposition of a theory of public expenditure. Springer.
Sargent, T. J., & Wallace, N. (1984). Some unpleasant monetarist arithmetic. In Monetarism in the united kingdom (p. 15-41). Palgrave Macmillan UK.
Schaechter, A., Kinda, T., Budina, N., & Weber, A. (2012). Fiscal rules in response to the crisis - toward the "next-generation" rules. a new dataset (Working Paper No. 12/187). Washington, DC: International Monetary Fund.
Schick, A. (2010). Post-crisis fiscal rules: Stabilising public finance while responding to economic aftershocks. OECD Journal on Budgeting.
Volpe, R., Greggianin, E., Moura, M., Rocha, G., Almeida, T., Cambraia, T., Ribeiro, V. (2023, May). Raio x do arcabouco fiscal v3.pdf.https:// www2.camara.leg.br/orcamento-da-uniao/raio-x-do-orcamento/ 2023/raio-x-do-arcabouco-fiscal. ((Accessed on 11/24/2023)).
Wyplosz, C. (2012). Fiscal rules: Theoretical issues and historical experiences. In Fiscal policy after the financial crisis (pp. 495–525). University of Chicago Press.
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